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Lavado de dinero: Amnistía 2019, una oportunidad para hacer una auditoría

De acuerdo con el SAT, los contribuyentes que no hayan cumplido con las obligaciones previstas en la LFPIORPI no serán sujeto de sanción, siempre y cuando implementen un programa de autorregulación.

 

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) existe desde hace más de seis años y su obligatoriedad trasciende a las instituciones financieras. Conoce aquí las actividades que son consideradas vulnerables según esta ley.

En cuanto a las fechas de presentación de los Avisos de actos u operaciones, así como de los informes en ceros y los correspondientes al artículo 27 bis de las Reglas de Carácter General a que se refiere la LFPIORPI, éstos podrán presentarse con posterioridad al día 17 del mes inmediato siguiente en que se realizó el acto u operación; en caso de ser día inhábil, deberá presentarse el día hábil inmediato siguiente, tomando en consideración la calendarización publicada para 2019 en la página de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Es importante comentar que el 28 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, que estableció en su artículo 14 transitorio la opción de implementar programas de autorregularización para los contribuyentes obligados con la LFPIORPI que no hayan cumplido total o parcialmente en el periodo comprendido del 1 de julio de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2018.

Previo registro y autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT), los sujetos obligados que realicen actividades vulnerables pueden implementar un programa de autorregularización. A este respecto, el SAT publicó el pasado 16 de abril, en el DOF las reglas que regulan la aplicación de la llamada autorregularización. De acuerdo con la institución, el último día para solicitar la autorización del programa de autorregularización es el 15 de agosto de 2019.

Por todo lo mencionado anteriormente, se abre una gran oportunidad para que, tanto las firmas y áreas de auditoría como un amplio número de empresas del sector privado, colaboren con la autoridad y se pongan a trabajar en la identificación de acciones correctivas y preventivas para evitar sanciones por incumplimiento (total o parcial). En términos de esta ley, las empresas señaladas en el grupo de actividades vulnerables tendrán que adherirse al programa de autorregulación para regularizarse y blindarse. Contáctanos si necesitas ayuda en este importante tema.

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