¡Presta mucha atención a los apoyos fiscales y económicos por COVID-19!

Suspensión de trámites, ampliación para la obtención del subsidio y créditos para empresas son algunos de los apoyos para estos meses…

Ante los comunicados del Gobierno Federal de la propagación del Covid-19, y la fase a la que nos enfrentaremos, se han comunicado y publicado los apoyos fiscales y económicos que se efectuarán a partir del mes de abril en el territorio mexicano. Y a continuación te diremos cuáles son, cómo solicitarlos y las implicaciones que tienen.

CDMX

  • Suspensión de los términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante las dependencias, los órganos desconcentrados, alcaldías y entidades de la administración pública de la CDMX, (incluidos los de naturaleza fiscal). Asimismo, se suspenden entre el 23 de marzo y el 19 de abril de 2020 los siguientes trámites: recepción de documentos e informes, visitas de verificación, atención al público en ventanilla, solicitudes de informes o documentos, así como cualquier acto administrativo emitido por servidoras públicas que incidan o afecten la esfera jurídica de los particulares. En el mismo plazo, el cómputo de los términos no deberá considerarse como hábiles.
  • La suspensión de términos y plazos referidos aplicará para la recepción, registro, trámite, respuesta y notificación de las solicitudes de acceso a la información pública y de datos personales que ingresan o se encuentran en proceso. Cualquier actuación, promoción o solicitud que en su caso sea realizada ante la administración pública de la CDMX o en las alcaldías, por el periodo referido, surtirá efectos hasta el día 20 de abril del presente ejercicio fiscal.
  • En el supuesto de que se cuente con un plazo para la presentación de promociones comprendido dentro de los días que se suspenden los términos del acuerdo, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente. Se exceptúa de la suspensión de términos y plazos: la atención al público en las ventanillas, la realización de trámites que se desarrollan ante las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades de la administración pública de la CDMX en materia de desarrollo urbano, de la construcción y del sector inmobiliario, y trámites necesarios para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos siguientes: expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos y expedición de copias certificadas y testimonios y constancias de folios.
  • Se prorrogan los plazos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales contenidas en el Código Fiscal de la CDMX, consistentes en la presentación de declaraciones y la realización de los pagos que deban efectuarse durante abril de 2020, pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo año (SIC), y se otorga una ampliación para la obtención del subsidio del Impuesto sobre Tenencia o uso de vehículos hasta el 30 de abril de 2020 (antes 31 de marzo).
  • Aquellos contribuyentes cuyos vehículos no estén beneficiados con el subsidio, tienen como fecha para el pago hasta el 31 de marzo de 2020 (art. 161, CFCDMX); esto al no estar amparados por el acuerdo. La interpretación del acuerdo corresponderá a la Secretaría de Administración y Finanzas y a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales ambas de la CDMX.

Estado de México

  • Suspensión, durante el periodo del 23 de marzo al 19 de abril de 2020, de los servicios de atención al público y no correrán los plazos correspondientes para la recepción de documentos, informes, trámites, promociones, actuaciones, diligencias, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, medios de impugnación e inicio, substanciación y resolución de procedimientos y cualquier trámite presencial que se desarrolle en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas.
  • Suspensión de los términos y plazos procedimentales o administrativos, competencia exclusiva de las Unidades Administrativas de la Secretaría, comprendidos en el periodo del 23 de marzo al 19 de abril de 2020, en la inteligencia de que no correrán los términos y, en su caso, cualquier actuación, promoción, requerimiento o solicitud surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente después de concluido el plazo referido.
  • La Instrucción a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas del gobierno del Estado de México dispondrá de los recursos necesarios que permitan de manera inmediata hacer frente a la contingencia referida, y dará el descuento del 50% en el ISN durante abril para las empresas que tengan hasta 50 trabajadores.

Nuevo León

  • Exención a empresarios del pago del servicio de agua y drenaje por un mes, reducir o eliminar temporalmente el ISN (aún en proceso de aprobación), otorgar financiamientos a MIPYMES (no se han aprobado aún), y otorgar beneficios en relación con el impuesto al hospedaje (sin confirmación).

Jalisco

  • Plan Emergente para la protección del empleo y el ingreso de las personas con bolsa de $1,000 mdp y que se divide en 3 sub – programas:
  • 450 mdp para MIPYMES con enfoque directamente relacionado a mantener los empleos.
  • 150 mdp para proteger ingresos de los productores de maíz (Fideicomiso Maicero).
  • 400 mdp para personas con actividades económicas informales (80,000 apoyos de $5,000).
  • A nivel municipal, se otorgarán financiamientos a MIPYMES, prórrogas y periodos de gracia en créditos vigentes, condonación de pagos y renovación de permisos para tianguis y comercios en mercados abiertos, así como extensión del plazo de prórroga para el pago de refrendo de licencias.

Quintana Roo

  • La declaración y pagos del ISN (impuesto al hospedaje, impuesto al libre ejercicio de profesiones, impuesto sobre extracción de material del suelo y subsuelo) correspondientes del período de marzo abril y mayo de 2020, se podrá realizar en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020. Aquellos contribuyentes que opten por presentar en tiempo y forma las declaraciones y el pago de dichos impuestos (marzo, abril y junio), tendrán un subsidio del 20%.
  • Los beneficios aplicarán a los contribuyentes que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que cumplan los siguientes requisitos: conservar, cuando menos, el mismo número de empleados promedio declarados ante la autoridad fiscal en los meses de marzo, abril y mayo del año pasado, y suscribir una carta compromiso ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado. Por otro lado, se aclara que no habrá suspensión del servicio por parte de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado por adeudos que se generen durante marzo, abril y mayo y no causarán sanciones ni recargos.

Puebla

  • Se amplió el periodo de pagos con descuentos y condonaciones 2020 (incluyendo el impuesto predial).

Guanajuato

  • Se darán programas de créditos, para apoyar a los emprendedores y MIPYMES, a través de fondos como: Programa de Reembolso de Intereses, prórroga para el pago del ISN correspondiente a abril y mayo, para ser cubiertos, sin recargos, a partir de julio de 2020.

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